miércoles, 18 de julio de 2012

México: Amparo judicial contra la siembra de soya transgenica en Chiapas y la Peninsula de Yucatán

Comunicado de prensa sociedad civil de Chiapas
Alto a la siembra de transgénicos; la autorización para que Monsanto siembre soya constituye un desastre socio ambiental incalculable
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Dilo Tú
Difusión Cencos México D.F., 13 de julio de 2012
Boletín de prensa
OSC de DH / Personalidades



Antecedentes:


El 29 de febrero de 2012, la empresa Monsanto Comercial S.A. de C.V. solicitó a la SEMARNAT permiso para laliberación al ambiente de Soya Solución Faena -semilla genéticamente modificada y tolerante al herbicidaGLIFOSATO- para su cultivo comercial en253,500 hectáreasregiones de Yucatán, Planicie Huasteca(Tamaulipas, Hidalgo, San Luis Potosí, Veracruz) y en los municipios de Acacoyagua, Acapetahua, Cacahoatán,Escuintla, Frontera Hidalgo, Huehuetán, Huixtla, Mazatán, Metapa, Suchiapa, Suchiate, Tapachula, Tuxtla Chico,Tuxtla Gutiérrez, Tuzantán, Villa Comaltitlán y Villaflores de Chiapas..


De inmediato productores, comercializadores y exportadores de miel de la península de Yucatán presentaron unAmparo ante los Juzgados de Distrito en materia Administrativa por violar el derecho de los pueblos a la consultapública, lo que presupone contar con información oportuna y suficiente; y el derecho a la participación y al trabajo,con el objetivo de suspender los permisos de siembra de Soya transgénica para evitar la violación de los derechoshumanos de los apicultores 1.


El 24 de mayo de 2012, la Red sin Maíz no hay País, denunció ante la opinión pública nacional e internacional laemisión de un dictamen ambiental de SEMARNAT favorable a MONSANTO para la liberación al ambiente de laSoya Transgénica de referencia, que permitiría la siembra de esa semilla en los estados y superficiemencionados, a partir del ciclo agrícola primavera-verano 2012 con vigencia indefinida. Indicando que las zonasde afectación son contiguas a áreas naturales protegidas. Este dictamen es contrario al realizado por la Comisiónde Áreas Naturales Protegidas (CONANP) en donde se señala que “…si bien la liberación de Soya GenéticamenteModificada… no se pretende realizar dentro de ninguna de las áreas naturales… es evidente que existe riesgo deafectación indirecta hacia ellas por contaminación de glifosato, así como por la... polinización. Por tal motivo sesugiere… considere la posibilidad de tal actividad sea analizada…desde la perspectiva de la evaluación deimpacto ambiental…[tal como lo establece el artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la ProtecciónAmbiental]…” El Instituto Nacional de Ecología tampoco consideró conveniente la liberación de la semilla dereferencia debido a que no se ha generado información suficiente sobre los riesgos que su cultivo podría generar en el ambiente, la diversidad y la salud 2.


El 30 de mayo de 2012, la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad (UCCS), a través de la doctora Elena Alvarez Buylla envió a la SAGARPA una petición firmada por 660 científicos para solicitar a su titular noautorizara la solicitud de la siembra de 253,500 hectáreas de Soya Transgénica (evento MON-04032-6) en los estados mencionados por contener “…genes de bacterias que le permiten ser resistente al herbicida glifosato…que implican … efectos nocivos [sobre] la biodiversidad, la economía campesina y la soberanía alimentaria… 3


El 6 de junio de 2012, el comunicado de prensa número 276/12 publicado en el sitio de internet del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, da a conocer la expedición del permiso No. 007/2012 solicitado por Monsanto para la siembra de soya transgénica en los Estados de Campeche, Yucatán, Quintana Roo, San Luis Potosí, Veracruz, Tamaulipas y Chiapas.El 14 de junio de 2012 organizaciones civiles e investigadores independientes pidieron al Relator de la ONU parael Derecho a la Alimentación, Oliver De Shutter, ampliara su recomendación de declarar la moratoria para los experimentos sobre el terreno y el cultivo de maíz transgénico con fines comerciales -dado su dañino efecto ecológico, agronómico, social y económico- a la siembra comercial de la soya transgénica por considerar que su cultivo viola el derecho a la alimentación de los pueblos Mayas y Zoques ubicados en los polígonos de siembrasolicitados por Monsanto.
El 26 de junio de 2012 organizaciones de la sociedad civil, apicultores y campesinos de Chiapas, presentaron unamparo por violaciones al marco constitucional y a tratados internacionales al “vulnerar los derechos humanos agozar de un medio ambiente sano, al trabajo y a la consulta pública para los pueblos indígenas”, así como por lainconstitucionalidad de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, por no regular demanera adecuada el principio precautorio ni una verdadera participación de las comunidades indígenas cuandopuedan ser afectadas 4. Ante la gravedad del contexto descrito, las organizaciones y personas abajo firmantes decidimos, como parte del pueblo mexicano, interponer un amparo contra el permiso otorgado a MONSANTO porque genera las múltiplesviolaciones a derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales; avalados por el Estado,que enumeramos a continuación:


Afectaciones al Medioambiente, la biodiversidad y el conocimiento indígena y campesino.


Chiapas y Oaxaca concentran la mayor mega diversidad de México. Biodiversidad que resulta de las disposiciones geológicas y biogeográficas, y su vínculo indisoluble con la diversidad cultural concentrada en esos estados. Por tanto, la autorización de la liberación del cultivo de soya en Chiapas es un riesgo importante para la biodiversidad. El polígono de siembra autorizado en Chiapas se localiza en las colindancias de áreas naturales protegidas comola Reserva de la Biosfera El Triunfo, la Encrucijada, la Reserva de la Biosfera La Sepultura, el Área de Protección de los Recursos Naturales La Frailescana, la Zona Sujeta a Conservación Pico El Loro Paxtal, la Reserva de la Biosfera Volcán Tacana, el Área Natural Típica La Concordia Zaragoza, el Parque Cañón del Sumidero. Corredores biológicos que sin duda, serán afectados por la acción del viento y el proceso de polinización. Sin que pase desapercibido que estas áreas se encuentran habitadas por pueblos tzotziles, tzeltales, Zapotecos, Mame y Chuj, quienes hacen manejos de los espacios naturales, por tanto sus conocimientos respecto del territorio también se verán afectados.


Otro elemento que también se pone en riesgo es la biodiversidad del maíz, ya que la siembra de 30,000 has de soya transgénica en Chiapas entre junio y julio de este año ha sustituido el cultivo de la milpa en espacios donde tradicionalmente se ha hecho. Cabe señalar que la siembra de Soya Solución Faena al no ser un cultivo nativo no solo erosiona la diversidad de este cereal, sino también lo hará con los frijoles nativos, y en consecuencia sobre el conocimiento campesino e indígena asociado. Esto refleja que están en juego los agroecosistemas tradicionales campesinos, que a su vez son reservorios de germoplasma de maíces, frijoles, calabazas, chiles, tomates. Es decir que se ha puesto en riesgo el patrimonio genético desarrollado por campesinas y campesinos que, conservado in situ, es la única manera de responder a situaciones adversas devenidas de la actual transformación estructural del clima. Por ello advertimos que está en inminente peligro el sustento cultural de Mesoamérica, base indisoluble de nuestra soberanía alimentaria. 



Dada la composición de suelos calcáreos en Chiapas, como en la región de la Península de Yucatán, la aplicación de glifosato asociado a la soya solución faena representa un riesgo de incalculable magnitud al filtrarse a los mantos freáticos y escurrir a la Costa Chiapaneca.  La Zona de la Costa-Soconusco es susceptible de desplazamientos constantes, de ahí que los ecosistemas costeros, manglares, sistemas riparios, flora,  fauna pesquera y microorganismos marinos; además de los sistemas productivos de pescadores, se encuentran en grave amenaza.


Afectación a la economía campesina y el fomento del monopolio y el latifundio


La siembra de Soya Solución Faena® en nuestro estado, implica un riesgo al generar una fuerte concentración de tierra por vía del uso productivo en razón de la actividad monopólica que la empresa Monsanto ha demostrado entodo el mundo, pues la superficie total sembrada con soya biotecnológica a nivel mundial durante 2011 alcanzo 75.4 millones de hectáreas, que equivalen al 47% de la superficie sembrada con biotecnología globalmente. Por lo tanto el proceso de siembra y ejecución de los contratos con los llamados “solicitantes” del grano, es resultado directo de la aplicación de normas inconstitucionales, así como del permiso en mención, ya que se propiciará la concentración y acaparamiento de tierras en los pocos empresarios que cuentan con recursos económicos suficientes, lo cual viola el derecho de propiedad contenido en el artículo 27 de la Constitución que, entre otras disposiciones, establece como obligación del Estado dictar las medidas necesarias para “…ordenar... destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación,para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en lostérminos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; ...para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.”


Un estudio reciente de la FAO menciona que en México la vía para concentrar tierras no ha sido por medio del mercado de tierras, sino mediante el control de los procesos productivos. Así vemos que las agroindustrias prefieren rentar la tierra o aplicar otros esquemas de control de la producción –proporcionan semillas e insumos, habilitan al productor y comprometen la cosecha– para generar economías de escala. En los últimos treinta años se está dando, por un lado, la concentración de tierras vía la agroindustria asociada a la polarización económica ya que las agro-empresas concentran grandes volúmenes de producción que procesan y comercializanespecialmente en el mercado internacional.
Por otro lado, vemos una gran cantidad de medianos y pequeños productores que surten de materias primas a estas empresas. Otro factor que pone en riesgo la integridad jurídica de los pueblos y comunidades indígenas y campesinas afectadas en Chiapas, consiste en imponerles acuerdos comerciales sobre derechos de propiedad intelectual (ADPIC), obligándolos a resolver las controversias que se originen en tribunales internacionales de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en donde los y las campesinas están en total desventaja. Antecedentes, como el caso del campesino canadiense Percy Shmeicer que fue demandado por Monsanto, nos dan una muestra del riesgo en el que están los ejidatarios. Según el Centro para la Seguridad de los Alimentos, una ONG con sede en Washington, D.C., "Monsanto ha investigado a cientos de agricultores por violación de la patente o del contrato. Ha demandado a 90 agricultores en 25 estados federales y ha ganado más de 15 millones de dólares con las sentencias.”5


En los contratos que Monsanto hace firmar a los agricultores, según aparece en su solicitud, se señala que: “Los agricultores cooperantes firman un contrato con la promovente por el cual adquieren una licencia para adquirir semillas de soya SF. En apego a dicho contrato se obligan a seguir las instrucciones de la promovente en cuantoal uso de la tecnología". De tal forma, se han dejado de observar las prerrogativas contenidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconocen las aspiraciones de los pueblos indígenas a asumir el control de sus propias instituciones, formas de vida y desarrollo económico, así como a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en donde viven; siendo la norma más taxativa respecto a sus derechos de identidad, cultura, posesión y propiedad sobre su territorio.


La autorización de la SAGARPA y SEMARNAT a la solicitud de Monsanto también es violatoria del artículo 28 de nuestra Constitución, al favorecer las prácticas monopólicas, ya que se generara el acaparamiento de la distribución y comercialización para la transformación industrial y alimenticia de la soya, poniéndose en riesgo nosolo la producción nacional de oleaginosas, sino que afecta directamente a la producción campesina familiar locala pequeña escala, controlando toda la cadena de valor de la producción de soya, como también lo muestra la propia solicitud de Monsanto. Esta situación implicará, además del despojo a las comunidades indígenas de susterritorios tradicionales, la pérdida irreparable de los medios materiales para su subsistencia; migración y desplazamiento forzado debido a las disputas internas y divisiones en las comunidades.


El permiso a Monsanto corre en detrimento del derecho al trabajo de los productores de miel, quienes han visto parada su producción por las restricciones de la Unión Europea referentes a la moratoria en relación a los organismos genéticamente modificados que ha hecho vigente a consecuencia de la contaminación de miel. De ahí que todos los actos de esta liberación y siembra comercial son inconstitucionales por contravenir, al menos, la obligación de prevenir las violaciones al derecho al trabajo, consagrado en los artículos segundo, apartado B, fracción VII, quinto y 27, fracción XX constitucionales, interpretados bajo los principios de interdependencia eindivisibilidad y a la luz de sus correlativos de fuente internacional. Así, la producción local, queda abolida por lanacional en expansión.
Contraviene de igual modo el derecho al trabajo de campesinas y campesinos que subsisten de una economía familiar basada en el autoconsumo y una producción a pequeña escala, pues la gran escala agroindustrial, comoes el caso de esta siembra de Monsanto, limita el trabajo de otros en razón de su propia expansión abaratandolos costos de su producción, usando medios productivos campesinos, con fines de renta máxima.
Violaciones a los Derechos de los pueblos indígenas


Los municipios que se verán afectados con el cultivo comercial de la Soya Solución Faena, como se ha mencionado, concentran a diversos núcleos de población indígena, organizados en ejidos y comunidades, a quienes no se les respetó el derecho de consulta previa, establecido en instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, para obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar ese proyecto que afectará directamente su salud, su alimentación, sus tierras, territorios y recursos naturales.


La decisión de la SAGARPA hace invisible el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas, privándolos de sus propios medios de subsistencia, borrando el reconocimiento a sus saberes ancestrales, a su patrimonio cultural, a su identidad, convirtiéndolos en objeto de explotación de las trasnacionales. Las autoridades mexicanas, al proteger a las trasnacionales cometen una flagrante violación al mandato constitucional establecidoen el artículo 39 de la Constitución Federal, de gobernar en beneficio del pueblo mexicano.


Esta medida también refleja la discriminación de género contenida en los proyectos gubernamentales ya que nose consideraron los efectos que el cultivo de soya transgénica traería a las mujeres indígenas y campesinasquienes tradicionalmente conservan las semillas criollas, trabajan y cuidan la tierra. La autorización gubernamental de permitir la siembra de soya transgénica ha desconocido el importante papel que ellas desempeñan en lasupervivencia económica de su familia, de la comunidad y de la nación y pone en riesgo inminente su salud, la de sus hijas e hijos, la posesión de sus tierras, su seguridad alimentaria, y aun su integridad física al exponerlas a acciones violentas de despojo ocasionadas por el interés de concentrar y acaparar tierras para la siembra del cultivo referencia, violando las disposiciones contenidas en instrumentos específicos de protección a los derechos de las mujeres, como la Convención para eliminar todas las formas de discriminación hacia las mujeres (CEDAW) así como en el artículo 1 de la Constitución Mexicana.


Afectación del Derecho a la Salud


En la expedición del permiso otorgado a MONSANTO tampoco se evaluaron las consecuencias que seocasionaría a la salud de hombres, mujeres y niñas y niños. Según amplios estudios científicos, el glifosato puro omezclado [como en Roundup Ready®] puede causar irritación en los ojos, enfermedades respiratorias, malformaciones en bebés y abortos espontáneos; es carcinogénico, deteriora las células, e incluso puede alterar la estructura de ADN, por tanto no solo afecta a las personas expuestas sino que a todas las futurasgeneraciones.


Bajo este contexto, en 2009, el “Observatorio del Glifosato”, encontró que los niños expuestos al glifosato sufrieronde malformaciones, cáncer, insuficiencia renal, enfermedades respiratorias y hepáticas. Un dato significativo esque 1/3 de las muertes de niños y adolescentes en el grupo de edad de 0-19 años es atribuible a la contaminacióndel agua y saneamiento, y sustancias químicas. 6


Se ha comprobado que el glifosato daña a los embriones y la placenta de humanas y animales, provocando abortos y malformaciones. En el estudio “Daños a la salud de Soya Solución Faena (Soja transgénica RR) modificada para tolerar el uso delherbicida Roundup elaborado con base a glifosato”, se establece que afecta la producción de progesterona y propicia la muerte de células placentarias, como antecedente jurídico se menciona el caso de una mujer en Argentina (2001) que dio a luz a un niño con una malformación que le ocasionó la muerte. Este caso dio lugar a la documentación de más de 190 casos de cáncer y malformaciones atribuibles a la fumigación con glifosato. 7


La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que el glifosato está encuadrado en la máxima categoríade las sustancias tóxicas para el ser humano, “siendo capaz de romper la cadena de ADN de una célula humana,la que podría continuar con vida y degenerar en enfermedades terminales” 8 poniéndose en riesgo la vida del ser humano y de las generaciones futuras.


En razón de todo lo anterior, declaramos que:


Consideramos que la autorización para que Monsanto siembre soya solución faena en Chiapas y en el país, constituye un desastre socio ambiental de incalculables pérdidas para los mexicanos, ya que ninguna cifra económica reparará el daño que se ha producido sobre los ciclos naturales de la tierra, la costa, la naturaleza, y eltrabajo campesino. En la actual coyuntura político-electoral, de confirmarse el retorno del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ala presidencia de la república mexicana, la situación se agrava, pues la organización campesina corporativa deeste partido, la Confederación Nacional Campesina (CNC), ha firmado desde abril del 2007 un convenio con laempresa Monsanto para la siembra no solo de soya, sino de otras variedades transgénicas, así como de siembrasde maíces criollos susceptibles de apropiación a favor de Monsanto.


Por lo tanto, renunciando a cualquier transacción económica que pueda derivarse de esta demanda;


Exigimos:


1. Que el estado mexicano cancele de inmediato la autorización para la liberación al ambiente de soyagenéticamente modificada (soya solución faena) en fase comercial, y todos los demás actos que seencuentren vinculados o sean consecuencia de esa acción.
2. Que se ordene a la Empresa Monsanto comercial S.A. de C.V. hacer pública toda la información sobrelos contratos firmados en los polígonos de siembra en Chiapas y en México
3. Que se ordene a Monsanto hacer pública toda la información disponible relativa a los impactosambientales ocasionados a los ecosistemas terrestres y marino-costeros, a su flora y a su fauna.
4. Que se ordene a Monsanto abstenerse de continuar con la siembra de transgénicos en el campoMexicano, en específico en Chiapas.


Las personas y organizaciones presentes convocamos a otras organizaciones campesinas, indígenas, ongs, científicos comprometidos con la sociedad, consumidores y personas en general para que se sumen a esta denuncia cuyo propósito es la CANCELACION DEFINITIVA DE LA SIEMBRA DE SOYA TRANSGENICA en Chiapas y en México, así mismo los invitamos a constituirnos en una red por la defensa de nuestra soberanía alimentaria, el derecho de nuestros pueblos, y la defensa de la vida misma.


1 http://www.poresto.net/ver_nota.php?zona=yucatan&idSeccion=1&idTitulo=150983
2 http://www.otrosmundoschiapas.org/index.php/transgenicos/74-transgenicos/1252-ialerta-mexico-amenaza-de-transgenicos-y-monsanto.html
3 http://www.jornada.unam.mx/2012/06/12/opinion/020a2pol
4 http://www.greenpeace.org/mexico/es/Prensa1/2012/Junio/INTERPONEN-AMPARO-ORGANIZACIONES-Y-APICULTORES-CONTRA-AUTORIZACION-DE-SIEMBRAS-DE-SOYA-TRANSGENICA/
5 http://www.nodo50.org/worldwatch/ww/pdf/feudalismo.pdf
6 Francisco Vargas Marcos, Subdirector General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Sanidad yConsumo de España.
7 Una madre contra el glifosato. Disponible en: www.pagina12.comar/diario/sociedad/3-196270-2012-06-13-html
8 World Health Organization: Environmental Health Criteria, No 159.


Atentamente
Centro de Derechos de la Mujer de Chiapas, A.C.
Centro de Capacitación y Educación en Derechos Económicos, Sociales y Culturales “CCEDES”, A.C.
Desarrollo Comunitario Chiapaneco, A.C.
Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa
Grupo de Mujeres de San Cristóbal De Las Casas A.C. (COLEM)
Maderas del Pueblo del Sureste, A.C.
Ana Luz Valadez Ortega
Martha Guadalupe Figueroa Mier
Victor Hugo López Rodríguez
Keila Nallely Bazán Briano
Sofía Olhovich Filonova
Mauricio Arellano Nucamendi
Dora Julieta Hernández Gómez
Flor Marina Bermúdez Urbina
Guadalupe Hernández Hernández
María Mercedes Olivera Bustamante
Marta Julia Mendoza Galvez
Carlos Manzo
Francisco Cuitlahuac Aguilar Pinto
Isabel Lozano Maurer
Rosaluz Pérez Espinosa
Mercedes Osuna
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 7 de julio de 2012


Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos